DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 11950
3 de diciembre, 2010
DCA-11950
Licenciado
Daniel Castro Vargas
Jefe a.i.
Subárea de Contratación Administrativa
Hospital San Juan de Dios
Telfax: 2233-5306
Estimado señor:
Asunto: Se refrenda el contrato 0030-2010 suscrito entre el Hospital San Juan de Dios y
Hernández Abarca S.A., compra de pajillas, por un precio unitario de ¢900, según Licitación
Pública 2010LN000003-2102 (entrega según demanda).
Nos referimos a sus oficios SCA-C-2131-2010 del 6 de octubre y SCA-1230-2010 del 1 de
diciembre del presente año, mediante los cuales solicita el refrendo del contrato referido en el
asunto.
Sobre el particular, mediante oficio DCA-0430 del 2 de noviembre de 2010, se suspendió el
plazo de la presente gestión, hasta tanto se recibiera la respuesta de la Presidencia Ejecutiva de la
CCSS sobre los alcances de la competencia para adjudicar procedimientos de cuantía inestimable, la
cual se recibió el pasado 24 de noviembre mediante oficio P.E. 48.038-10.
Una vez realizado el estudio de rigor, esta División otorga la aprobación respectiva al contrato
de marras, siendo responsabilidad de la Administración acatar lo siguiente:
1) Este refrendo se otorga con vista en la certificación de contenido presupuestario emitida por
la Msc. Irene Mora Flores, Jefe a.i. Contabilidad y Presupuesto (ver folio 84 del expediente
administrativo). En ese sentido se recuerda que es de exclusiva responsabilidad de la
Administración no solo la acreditación del presupuesto, sino además la factibilidad técnica y
jurídica de aplicar los recursos certificados en el objeto de esta contratación.
2) Es responsabilidad de esa Administración el verificar que el contratista se mantenga al día
en el pago de sus obligaciones con la CCSS (ver folio 72 del expediente administrativo), así como
que la garantía de cumplimiento se encu ...
Fecha publicación: 08/12/2010
Fecha emisión: 03/12/2010
Institución: HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
Año: 2010
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 11951
3 de diciembre, 2010
DCA-0775
Licenciado
Daniel Castro Vargas
Jefe a.i.
Subárea de Contratación Administrativa
Hospital San Juan de Dios
Telfax: 2233-5306
Estimado señor:
Asunto: Se refrenda el contrato 0051-2010 suscrito entre el Hospital San Juan de Dios y
Central Farmacéutica S.A., compra de bevacizumab 400 mg y 100 mg, por precios unitarios de
US$1.758, y US$440, respectivamente, según Licitación Pública 2010LN000026-2102 (entrega
según demanda).
Nos referimos a sus oficios SCA-C-2134-2010, y SCA-1230-2010 del 1 de diciembre del
presente año, mediante los cuales solicita el refrendo del contrato referido en el asunto.
Sobre el particular, mediante oficio DCA-0431 del 2 de noviembre de 2010, se suspendió el
plazo de la presente gestión, hasta tanto se recibiera la respuesta de la Presidencia Ejecutiva de la
CCSS sobre los alcances de la competencia para adjudicar procedimientos de cuantía inestimable, la
cual se recibió el pasado 24 de noviembre mediante oficio P.E. 48.038-10.
Una vez realizado el estudio de rigor, esta División otorga la aprobación respectiva al contrato
de marras, siendo responsabilidad de la Administración acatar lo siguiente:
1) Este refrendo se otorga con vista en la certificación de contenido presupuestario emitida por
la Msc. Irene Mora Flores, Jefe a.i. Contabilidad y Presupuesto (ver folio 133 del expediente
administrativo). En ese sentido se recuerda que es de exclusiva responsabilidad de la
Administración no solo la acreditación del presupuesto, sino además la factibilidad técnica y
jurídica de aplicar los recursos certificados en el objeto de esta contratación.
2) Es responsabilidad de esa Administración el verificar que el contratista se mantenga al día
en el pago de sus obligaciones con la CCSS (ver folio 134 del expediente administrativo), así co ...
Fecha publicación: 08/12/2010
Fecha emisión: 03/12/2010
Institución: HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
Año: 2010
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 11067
12 de noviembre, 2010
DCA-0550
Licenciado
Daniel Castro Vargas
Jefe a.i , Sub-área de Contratación Administrativa
HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS
Estimado señor:
Asunto: Se refrenda en forma condicionada, contrato suscrito entre el Hospital San Juan de
Dios y la empresa CAPRIS MÉDICA S.A., correspondiente a la adquisición mediante el
mecanismo de entrega según demanda, de reactivos varios para inmunología, por plazo de
un año prorrogable hasta un máximo de cuatro años, derivado de la Licitación Pública
N°2010LN-000006-2102.
Nos referimos a su oficio SCA-C-2133-2010 del 6 de octubre del 2010, recibido en este
Despacho en fecha 7 de igual mes y año, por medio del cual solicita el refrendo legal del contrato
suscrito entre ese Hospital y la empresa CAPRIS MÉDICA S.A, referido al suministro mediante
entrega según demanda, de reactivos varios para inmunología, producto de la Licitación Pública
N°2010000006-2102.
Sobre el particular una vez realizado el estudio de rigor, devolvemos el contrato de mérito
debidamente refrendado por este Despacho, no obstante sujeto a los condicionamientos que de
seguido indicaremos, cuya verificación será responsabilidad exclusiva del señor Daniel Castro
Vargas, en su condición de Jefe a.i de la Sub área de Contratación Administrativa de la institución
promotora del concurso, o quien ejerza este cargo. En caso que no resulte competente para
verificarlas, será su responsabilidad instruir o bien comunicar a la dependencia que corresponda,
para ejercer el control sobre estas condiciones las cuales consisten en las siguientes:
1. De conformidad con el artículo 9 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones
de la Administración Pública, el análisis de legalidad que realiza la Contraloría General de
la República, se circunscribe a la corroboración de los aspectos definidos en el ...
Fecha publicación: 15/11/2010
Fecha emisión: 12/11/2010
Institución: HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
Año: 2010
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 09319
28 de setiembre, 2010
DCA-0106
Licenciado
Daniel Castro Vargas
Jefe a.i
Sub-área de Contratación Administrativa
HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS
Fax: 2223-04-94
Estimado señor:
Asunto: Se refrenda en forma condicionada, contrato suscrito entre el Hospital San Juan de
Dios y la empresa TRI DM S.A., correspondiente a la adquisición mediante el mecanismo
de consignación, de válvulas aórticas, mitrales y cardiacas, por plazo de un año prorrogable
hasta un máximo de cuatro años.
Nos referimos a su oficio SCA-C-1792-2010 de fecha 17 de agosto del 2010, recibido en
este órgano contralor en fecha 18 de igual mes y año, complementado por el oficio SCA-982-2010
de fecha 24 de setiembre de igual año, por medio del cual solicita el refrendo legal del contrato
suscrito entre ese Hospital y la empresa TRI DM S.A. referido al suministro mediante consignación,
de válvulas aórticas, mitrales y cardiacas, derivado de la Licitación Pública 2010LN-000001-2102.
Sobre el particular una vez realizado el estudio de rigor, devolvemos el contrato de mérito
debidamente refrendado por este Despacho, no obstante sujeto a los condicionamientos que de
seguido indicaremos, cuya verificación será responsabilidad exclusiva del señor Daniel Castro
Vargas, en su condición de Jefe a.i de la Sub área de Contratación Administrativa de la institución
promotora del concurso, o quien ejerza este cargo. En caso que no resulte competente para
verificarlas, será su responsabilidad instruir o bien comunicar a la dependencia que corresponda,
para ejercer el control sobre estas condiciones las cuales consisten en las siguientes:
1. De conformidad con el artículo 9 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones
de la Administración Pública, el análisis de legalidad que realiza la Contraloría General de
la República, se circunscribe a la corroboración de ...
Fecha publicación: 01/10/2010
Fecha emisión: 28/09/2010
Institución: HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
Año: 2010
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 07055
22 de julio, 2010
DJ-2936
MBA.
Marvin Solano Solano
Jefe, Sub Área de Contratación Administrativa
Área de Gestión de Bienes y Servicios
Hospital San Juan de Dios
Estimado señor:
Asunto: Se concede el refrendo al contrato suscrito entre el Hospital San Juan de Dios
y la empresa Electrónica y Computación ELCOM S.A. para la adquisición de
“Recolectores canister, esponjas de poliuretano y Apositos de poliuretano”, bajo la
modalidad de entrega según demanda, derivado de la contratación 2010CD-000255-
2102.
Damos respuesta al oficio SCA-C-1291-2010 del 23 de junio del 2010, recibido en este
Despacho el 24 de junio del presente año en esta Contraloría General, mediante el cual solicita
el refrendo del contrato suscrito entre el Hospital San Juan de Dios y la empresa Electrónica y
Computación ELCOM S.A. para la adquisición de “Recolectores canister, esponjas de
poliuretano y Apositos de poliuretano”, bajo la modalidad de entrega según demanda, derivado
de la contratación 2010CD-000255-2102.
Al respecto, es menester señalar que una vez efectuado el estudio de rigor, según lo
dispuesto en los artículos 8 y 13 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la
Administración Pública, se concluye que el procedimiento efectuado se apega a las normas de
contratación administrativa, en virtud de lo cual se procede a otorgar el refrendo de mérito a los
documentos contractuales de cita, con fundamento en:
a) La fundamentación de la aplicación del artículo 131 inciso a), referente al oferente
único, mediante una certificación con fecha del 15 de enero, suscrita por el señor
Moisés Carvente, en la cual hace constar que el Sistema V.A.C. ® (Vacum Assisted
Closure): “(…) ha sido diseñado específicamente para el manejo y tratamiento de
cierre de heridas crónica, agudas y complejas, es único en el mundo, es producido
y distribuido única y excl ...
Fecha publicación: 25/07/2010
Fecha emisión: 22/07/2010
Institución: HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
Año: 2010
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 05344
04 de junio, 2010
DJ-2215
Licenciado
Daniel Castro Vargas
Jefe a.i. SubÁrea de Contratación Administrativa
Área de Gestión de Bienes y Servicios
Hospital San Juan de Dios
Estimado señor:
Asunto: Se aprueba el contrato de de compra de colchones para cama hospitalaria
suscrito entre esa Institución y la empresa Productos de Uretano S.A. modalidad entrega según
demanda correspondiente a la Licitación Pública 2009LN-000021-2102.
Damos respuesta al oficio SCA-C-0692-2010 de 26 de abril del 2010 recibido el día 27,
mediante el cual remite para refrendo el contrato de compra de colchones para cama hospitalaria
suscrito entre esa Institución y la empresa Productos de Uretano S.A. modalidad entrega según
demanda correspondiente a la Licitación Pública 2009LN-000021-2102. A solicitud de este
Despacho dicho oficio se complementó con información recibida mediante oficio SCA-437-
2010 de 28 de mayo del 2010..
I. Antecedentes
La Administración tramita la Licitación Pública 2009LN-000021-2102 para la compra
de colchones para cama hospitalaria y adjudica la línea uno a la empresa productos de Uretano
Sociedad Anónima PROURSA.
Mediante oficio SCA-C-0115 de 28 de enero del 2010 se remite el contrato a refrendo
no obstante mediante oficio 2758(DJ-1111-2010) se devuelve sin refrendo en consideración a
lo siguiente: “Sobre el particular, mediante los oficios No. DJ-090-2010 del 23 de febrero de
2010 y DJ-0981 del 15 de marzo de 2010 se requirió la aclaración respecto del plazo de
reposición, respecto de la cual debía manifestarse la anuencia del contratista. No obstante que
de una lectura general podría interpretarse que se trataba de un plazo no mayor a dos días
hábiles, lo cierto es que la redacción de la cláusula es confusa y por ello se hacía necesaria esa
precisión. Sin embargo, en las dos respuestas remitidas no consta que el c ...
Fecha publicación: 09/06/2010
Fecha emisión: 04/06/2010
Institución: HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
Año: 2010
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 04927
27 de mayo, 2010
DJ-2057
Máster
Marvin Solano Solano
Jefe, Sub Área de Contratación Administrativa
Área de Gestión de Bienes y Servicios
Hospital San Juan de Dios
Estimado señor:
Asunto: Se deniega refrendo de dos contratos suscritos entre esa Administración y las
empresas Súper Estación de Servicio La Castellana Limitada y Servicentro Las
Avenidas S. A , par para la adquisición de diésel y gasolina.
Nos referimos a sus oficios No. SCA-C-744-2010 y SCA-C-745-2010, mediante los cuales
solicita el refrendo de los contratos suscritos entre ese Hospital y las empresas Súper Estación
de Servicio La Castellana Limitada y Servicentro Las Avenidas S. A , para la adquisición de
diésel y gasolina, bajo la modalidad de entrega según demanda.
De conformidad con la documentación remitida, la Administración procedió a contratar en
forma directa con estas dos empresas, para que sean los establecimientos en que el Hospital
adquiera la gasolina y el diésel. Para ello, se fundamentaron en las circulares 21430 del 24 de
setiembre de 2003 y 2018 del 16 de febrero de 2004, emitidas por la Caja Costarricense de
Seguro Social y en el hecho de que se encuentran en el perímetro del Hospital.
Sin embargo, debe tenerse presente que el numeral 131 inciso n) del Reglamento a la Ley de
Contratación Administrativa, norma posterior y de rango superior a las circulares recién
citadas, establece que la Administración podrá contratar en forma directa la compra de
combustible en las estaciones de servicio.
Por la naturaleza propia de este objeto contractual, dicha norma reglamentaria posibilita a la
Administración a adquirir el combustible en cualquier estacionamiento de servicio, en el
2
momento en que lo requiera, sin tener que acudir a una estación particular, pero eso sí, deben
establecerse las medidas de control interno necesarias para verifica ...
Fecha publicación: 30/05/2010
Fecha emisión: 27/05/2010
Institución: HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
Año: 2010
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 02867
25 de marzo de 2010
DJ-1154-2010
Licda. Marietta Tencio Olivas
Proveedora Institucional
SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN
Estimado señor:
Asunto: Se devuelve sin trámite alguno la aprobación a la liquidación de la rescisión de la
Contratación Directa 2009CD-000197-0100.
Damos respuesta al Oficio N° SINAC-PI-076-2010 del 5 de marzo de 2010, recibido en este órgano
contralor el 8 de marzo de 2010, mediante el cual solicita la aprobación a la liquidación de la rescisión
unilateral por motivo de caso fortuito del contrato No. 000037-2009, producto de la Contratación Directa
No. 2009CD-000197-0100 “Servicio de preparación de alimentos a llevarse a cabo el 27 de setiembre al 1
de octubre de 2009 en Gandoca Manzanillo, Limón, como parte del desalojo administrativo del Hotel las
Palmas, ubicado en Punta Uva, Gandoca Manzanillo, Provincia de Limón”, para lo cual se tomó la
resolución R-SINAC-CONAC-006-2010 de las 11 horas del 22 de febrero de 2010.
I.- Antecedentes:
1. El Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), como ente con personería jurídica
propia, adscrito al Ministerio de Ambiente, Energía, Minas y Telecomunicaciones (MINAET),
promovió la contratación directa del servicio de preparación de alimentos, tramitada con el
número 2009CD-000197-0100, con el fin de alimentar al personal que ejecutaría el desalojo
administrativo del Hotel las Palmas, ubicado en Punta Uva, Talamanca, Limón; que estaba
previsto para desarrollarse del 27 de setiembre de 2009, al 1 de octubre de 2009.
2. En el citado proceso de contratación fue adjudicado a la empresa Corporación Damaso del Este
Sociedad Anónima, por un monto de ocho millones cuatrocientos ochenta mil colones.(contrato
visible a los folios 114 al 119 del expediente de contratación)
3. El 4 de setiembre de 2009, mediante oficio SINAC-PI-221-2009, la Pro ...
Fecha publicación: 26/03/2010
Fecha emisión: 23/03/2010
Institución: HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
Año: 2010
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 02758
23 de marzo de 2010
DJ-1111-2010
MBA.
Marvin Solano Solano
Jefe Subárea de Contratación Administrativa
Área de Gestión de Bienes y Servicios
HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS
Asunto: Se devuelve sin refrendo el contrato 070-2009, suscrito entre la Caja Costarricense del
Seguro Social y la empresa Productos de Uretano Sociedad Anónima para la compra de
colchones para cama hospitalaria en la modalidad de entrega según demanda.
Estimado señor:
La presente comunicación se extiende con motivo de su oficio N° SCA-C-115-2010 del 28 de
enero de 2010, recibido en esta Contraloría General este mismo día, mediante el cual remitió información
solicitada por este Despacho mediante Oficio DJ-0691-2010 del 23 de febrero de 2010, en relación con la
solicitud de refrendo del contrato 0070-2009, producto de la Licitación Pública número 2009LN-000021-
2102. Asimismo, la información adicional remitida mediante oficios SCA-109-2009 y SCA-148-2010.
Al respecto, una vez analizado el expediente de la respectiva contratación según lo establecido por el
artículo 8 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, sobre los
alcances del análisis de los contratos, se devuelve sin refrendo el contrato indicado. Sobre el particular,
mediante los oficios No. DJ-090-2010 del 23 de febrero de 2010 y DJ-0981 del 15 de marzo de 2010 se
requirió la aclaración respecto del plazo de reposición, respecto de la cual debía manifestarse la anuencia
del contratista.
No obstante que de una lectura general podría interpretarse que se trataba de un plazo no mayor a dos días
hábiles, lo cierto es que la redacción de la cláusula es confusa y por ello se hacía necesaria esa precisión.
Sin embargo, en las dos respuestas remitidas no consta que el contratista manifestara su anuencia al plazo
no mayor a los dos días hábiles, sino q ...
Fecha publicación: 26/03/2010
Fecha emisión: 23/03/2010
Institución: HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
Año: 2010
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DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 01363
9 de febrero, 2010
DJ-0553
MBA. Marvin Solano Solano
Jefe Subárea de Contratación Administrativa
Área de Gestión de Bienes y Servicios
HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS
Estimado señor:
Asunto: Se refrenda contrato suscrito entre la Caja Costarricense del Seguro Social y la empresa Distribuidora FARMANOVA S.A., para la compra del medicamento Imatinib 400 mg, hasta por un monto de $739.994,40
Se atiende oficio N° SCAOC-0018-2010 del 05 de enero de 2010, recibido en esta Contraloría General ese mismo día, mediante el cual solicitó refrendo del contrato de referencia, proveniente de la Licitación Pública N° 2009LN-000004-2102.
Sobre el particular, habiéndose realizado el estudio de la documentación enviada, así como del contrato remitido, este Despacho se vio en la necesidad de requerir información adicional mediante oficio N° DJ-0404-2010 del 01 de febrero de 2010. En esa oportunidad se solicitó que en el plazo de dos días hábiles, se aportara la certificación de contenido presupuestario a través de la cual se garantizara que para el periodo 2010 existirían los fondos suficientes para hacer frente a la contratación. De igual forma, se requirió aclarar los siguientes aspectos:
“- (…), en cuanto a las cláusulas cuarta y sétima, llama la atención que la primera fija el momento en el cual cada una de las entregas se llevará a cabo, mas no las cantidades de producto a entregar. Siendo así: a) Existen o no cantidades definidas a entregar parcialmente?; b) En el caso de que se trate de cantidades definidas a entregar en los periodos señalados en la cláusula cuarta, cuáles son las cantidades de producto que deberán entregarse?
- Con relación a lo anterior, nótese que la recomendación técnica, visible de folios 238 a 242 del expediente administrativo, indica la cantidad de cientos que deberán entregarse en cada una de las cuatro entregas pactadas; por lo tanto es necesario que se aclare cuáles ...
Fecha publicación: 12/02/2010
Fecha emisión: 09/02/2010
Institución: HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
Año: 2010